JUNTA DE VECINOS LA PONDEROSA
Escribenos a jdvlaponderosa@gmail.com
viernes, 27 de septiembre de 2013
ESTE SÁBADO 28 DE SEPTIEMBRE: MUNICIPALIDAD EN TERRENO
Municipalidad en Terreno
Este sábado 28 de septiembre comenzará la actividad Municipalidad en Terreno, una intervención comunitaria, que tiene como objetivo de disponer los servicios y programas que ofrece el municipio a la ciudadanía de una forma cercana.
Bajo el lema “La Municipalidad en la puerta de casa”, diversos programas y departamentos municipales se reunirán, entre las 13:00 y las 17:00 hrs., en la Plaza Santa Rosa (frente a la iglesia) para ofrecer una atención directa a los usuarios y vecinos de Lo Barnechea.
Las oficinas que estarán presentes:
*Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO), participación con sus programas Centro de Empleo y Emprendimiento, Departamento Social, Departamento de Vivienda, Organizaciones Comunitarias, Oficina de la Mujer, SENDA Previene de Lo Barnechea,
* Corporación Cultural de Lo Barnechea
*Dirección de Aseo y Ornato
*Centro de Turismo Municipal
*Centro de Montaña
*Dirección de Educación
*Seguridad Ciudadana
*Departamento de Salud, participando con CESFAM Lo Barnechea, COSAM, Centro Odontológico
*Pro-Deportes
*Dirección de Transito
*Carabineros de Chile (Oficina comunitaria)
jueves, 5 de septiembre de 2013
ELECCIONES DE CORES 2013....TU DECIDES TU JUNTA TE INFORMA
Elecciones de consejeros regionales de Chile de 2013
Las elecciones de consejeros regionales de Chile para el período 2014-2018 se realizarán el 17 de
noviembre de 2013, en conjunto con la elección presidencial y las elecciones de diputados y senadores.
1 En dicha ocasión se elegirá a los 278 miembros de los quince consejos regionales existentes en el país.
Esta elección será la primera de su tipo en la historia de Chile, ya que anteriormente los consejeros regionales eran elegidos de manera indirecta, a través de los concejales de las comunas de cada región. Las cédulas electorales serán de color verde.
¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE LOS CONSEJEROS
REGIONALES?
La ley Nº 19.175, que regula el Gobierno y la Administración Regional, señala que el intendente es el representante
del Presidente de la República en el gobierno interior de cada región.
A su vez, dispone que la administración superior de cada región está radicada en un Gobierno Regional
y que éste estará constituido por el Intendente y el Consejo Regional (CORE),
compuesto, a su vez, por los Consejeros Regionales.
del Presidente de la República en el gobierno interior de cada región.
A su vez, dispone que la administración superior de cada región está radicada en un Gobierno Regional
y que éste estará constituido por el Intendente y el Consejo Regional (CORE),
compuesto, a su vez, por los Consejeros Regionales.
Atribuciones del Consejo Regional (CORE)
Los Consejos Regionales tienen por finalidad hacer efectiva la participación de la comunidad regional en la
adopción de aquellas decisiones que tengan una directa relación con el desarrollo social, cultural y
económico de las regiones cuidando la equidad y armonía así como la congruencia entre políticas y
planes regionales con las políticas y planes nacionales.
adopción de aquellas decisiones que tengan una directa relación con el desarrollo social, cultural y
económico de las regiones cuidando la equidad y armonía así como la congruencia entre políticas y
planes regionales con las políticas y planes nacionales.
El CORE es responsable de:
Aprobar el reglamento que regule su funcionamiento, en el que se podrá contemplar la existencia de
diversas comisiones de trabajo;
diversas comisiones de trabajo;
Aprobar los reglamentos regionales;
Aprobar los planes regionales de desarrollo urbano, los planes reguladores metropolitanos y los
planes reguladores intercomunales propuestos por la secretaría regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo
planes reguladores intercomunales propuestos por la secretaría regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo
Aprobar los planes reguladores comunales y los planes seccionales de comunas que no formen parte de un
territorio normado por un plan regulador metropolitano o intercomunal, previamente acordados por las
municipalidades, en conformidad con la ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre la base
del informe técnico que deberá emitir la secretaría regional ministerial de Vivienda y Urbanismo respectiva.
territorio normado por un plan regulador metropolitano o intercomunal, previamente acordados por las
municipalidades, en conformidad con la ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre la base
del informe técnico que deberá emitir la secretaría regional ministerial de Vivienda y Urbanismo respectiva.
No obstante lo anterior, le corresponderá pronunciarse sobre los planes reguladores comunales y los planes
seccionales de comunas que, formando parte de un territorio normado por un plan regulador metropolitano o
intercomunal, hayan sido objeto de un informe técnico desfavorable de la secretaría regional ministerial de
Vivienda y Urbanismo, sólo respecto de aquellos aspectos que hayan sido objetados en dicho informe.
seccionales de comunas que, formando parte de un territorio normado por un plan regulador metropolitano o
intercomunal, hayan sido objeto de un informe técnico desfavorable de la secretaría regional ministerial de
Vivienda y Urbanismo, sólo respecto de aquellos aspectos que hayan sido objetados en dicho informe.
El CORE deberá pronunciarse dentro del plazo de noventa días, contado desde su recepción, cuando se
trate de planes regionales de desarrollo urbano, planes reguladores metropolitanos o intercomunales.
Tratándose de planes reguladores comunales y seccionales, el pronunciamiento deberá emitirse dentro del
plazo de sesenta días. Transcurridos que sean dichos plazos, se entenderá aprobado el respectivo instrumento
de planificación.
trate de planes regionales de desarrollo urbano, planes reguladores metropolitanos o intercomunales.
Tratándose de planes reguladores comunales y seccionales, el pronunciamiento deberá emitirse dentro del
plazo de sesenta días. Transcurridos que sean dichos plazos, se entenderá aprobado el respectivo instrumento
de planificación.
Aprobar, modificar o sustituir el plan de desarrollo de la región y el proyecto de presupuesto regional,
así como sus respectivas modificaciones, sobre la base de la proposición del intendente;
así como sus respectivas modificaciones, sobre la base de la proposición del intendente;
Resolver, sobre la base de la proposición del intendente, la distribución de los recursos del Fondo Nacional de
Desarrollo Regional que correspondan a la región, de los recursos de los programas de inversión sectorial de
asignación regional y de los recursos propios que el Gobierno Regional obtenga en la aplicación de lo dispuesto
en el Nº 20º del artículo 19 de la Constitución Política de la República;
Desarrollo Regional que correspondan a la región, de los recursos de los programas de inversión sectorial de
asignación regional y de los recursos propios que el Gobierno Regional obtenga en la aplicación de lo dispuesto
en el Nº 20º del artículo 19 de la Constitución Política de la República;
Aprobar, sobre la base de la proposición del intendente, los convenios de programación que el
gobierno regional celebre;
gobierno regional celebre;
Fiscalizar el desempeño del intendente regional en su calidad de presidente del consejo y de órgano
ejecutivo del mismo, como también el de las unidades que de él dependan, pudiendo requerir del intendente
la información necesaria al efecto;
ejecutivo del mismo, como también el de las unidades que de él dependan, pudiendo requerir del intendente
la información necesaria al efecto;
Dar su acuerdo al intendente para enajenar o gravar bienes raíces que formen parte del patrimonio
del gobierno regional y respecto de los demás actos de administración en que lo exijan las disposiciones
legales, incluido el otorgamiento de concesiones;
del gobierno regional y respecto de los demás actos de administración en que lo exijan las disposiciones
legales, incluido el otorgamiento de concesiones;
Emitir opinión respecto de las proposiciones de modificación a la división política y administrativa de
la región que formule el gobierno nacional, y otras que le sean solicitadas por los Poderes del Estado;
la región que formule el gobierno nacional, y otras que le sean solicitadas por los Poderes del Estado;
Ejercer las demás atribuciones necesarias para el ejercicio de las funciones que la ley le encomiende.
División electoral
Los consejeros regionales se elegirán mediante circunscripciones provinciales. Cada provincia constituirá al menos una
circunscripción. 5 provincias se subdividirán en más circunscripciones, existiendo en total 64 circunscripciones
provinciales:
La provincia de Valparaíso (Región de Valparaíso) se dividirá en dos circunscripciones provinciales: la primera
constituida por las comunas de Puchuncaví, Quintero, Concón y Viña del Mar; y la segunda constituida por las
comunas de Juan Fernández, Valparaíso y Casablanca.
La provincia de Cachapoal (Región del Libertador General Bernardo O'Higgins) se dividirá en dos
circunscripciones provinciales: la primera constituida por la comuna de Rancagua y la segunda constituida por las
comunas de Mostazal, Graneros, Codegua, Machalí, Olivar, Doñihue, Coltauco, Las Cabras, Peumo, Coínco, Malloa,
Quinta de Tilcoco, Rengo, Requínoa, Pichidegua y San Vicente.
La provincia de Concepción (Región del Biobío) se dividirá en tres circunscripciones provinciales: la primera
constituida por las comunas de Tomé, Penco, Hualpén y Talcahuano; la segunda constituida por las comunas de
Chiguayante, Concepción y Florida; y la tercera constituida por las comunas de San Pedro de la Paz, Coronel, Lota,
Hualqui y Santa Juana.
La provincia de Cautín (Región de la Araucanía) se dividirá en dos circunscripciones provinciales: la primera
constituida por las comunas de Temuco y Padre Las Casas; y la segunda constituida por las comunas de Galvarino,
Lautaro, Perquenco, Vilcún, Melipeuco, Carahue, Cholchol, Freire, Nueva Imperial, Pitrufquén, Saavedra, Teodoro
Schmidt, Cunco, Curarrehue, Gorbea, Loncoche, Pucón, Toltén y Villarrica.
La provincia de Santiago (Región Metropolitana de Santiago) se dividirá en seis circunscripciones provinciales: la
primera constituida por las comunas de Pudahuel, Quilicura, Conchalí, Huechuraba y Renca; la segunda constituida
por las comunas de Independencia, Recoleta, Santiago, Quinta Normal, Cerro Navia y Lo Prado; la tercera
constituida por las comunas de Maipú, Cerrillos y Estación Central; la cuarta constituida por las comunas de Ñuñoa,
Providencia, Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea y La Reina; la quinta constituida por las comunas de Peñalolén, La
MUNICIPALIDAD HACE ENTREGA DE FONDOS CONCURSABLES FONDEVE Y FONDECO
(En la foto al lado de la punta izquierda; Ana María Sepúlveda Secreteria de la jdv; recibiendo la distinción por el fondeve ganado).
Alcalde de Lo Barnechea hizo entrega del Fondo de Desarrollo Vecinal (FONDEVE) y del Fondo de Desarrollo Comunitario (FONDECO) a 52 organizaciones de la comuna. También aprovechamos la instancia para informarles que nuestra junta de vecinos la ponderosa, también se adjudico un FONDEVE, que nos permitirá concretar el sueño de contar con una bodega, para guardar nuestro mobiliario y darle más espacio a nuestra sede social de La Ponderosa.
En una cálida ceremonia, el alcalde de la comuna, Felipe Guevara, hizo entrega de los fondos concursable ofrecidos por la Municipalidad. A la actividad asistieron las distintas autoridades de la comuna, y las organizaciones sociales beneficiadas con la entrega.
Fondeve y Fondeco son dos fondos concursables, que financian proyectos de inversión local, para dar solución a los problemas de los vecinos, promoviendo la autogestión de las Juntas de Vecinos, Organizaciones Comunitarias Funcionales, Organizaciones Deportivas y Uniones Comunales. Están destinados a financiar iniciativas específicas de desarrollo comunitario, que satisfagan necesidades sentidas de los vecinos y que tengan impacto en la comunidad en la cual están inmersos, beneficiando a un gran número de personas o a grupos vulnerables.
Este año el monto de los fondos superó los 60 millones de pesos, los cuales fueron repartidos entre 52 organizaciones comunales que postularon correctamente.
“Antes entregábamos 10 millones de pesos en fondos, situación que hoy ha cambiado radicalmente. Sumando los fondos que entrega la Municipalidad en sus distintas áreas, este año vamos a entregar 200 millones de pesos. Y este aumento en los fondos se debe exclusivamente al interés que han demostrado las distintas organizaciones sociales en hacer cosas, ellos han generado este aumento, gracias a su espíritu emprendedor.”, señala el alcalde Felipe Guevara.
sábado, 24 de agosto de 2013
BASES CONCURSO “REINA DE LO BARNECHEA”: I.M DE LO BARNECHEA
I. INSCRIPCION Las participantes podrán inscribirse entre los días miércoles 21 de agosto de 2013 y martes 3 de septiembre de 2013, inclusive, a través de cualquiera de las siguientes vías:
II. PRESELECCION
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domingo, 18 de agosto de 2013
lunes, 21 de enero de 2013
TEATRO AL AIRE LIBRE EN LO BARNECHEA
Las más importantes compañías de teatro de la escena nacional, entre las que destaca el colectivo La Mona Ilustre que próximamente participará en el Taiwan International Festival of Arts, se darán cita en la novena versión del Festival de Teatro que organiza la Corporación Cultural de Lo Barnechea.
Este gran evento artístico, que ha venido a consagrarse como una de las cumbres destacadas de la dramaturgia local, se desarrollará entre el 23 y 26 de enero, en el Parque Las Rosas de manera gratuita para todo público, a partir de las 21 horas.
Las obras que incluye el encuentro son: “Extranjero, el último Hain”, “Los peces no vuelan”, “Sin sangre”, y “El hombre que daba de beber a las mariposas”.
De éstas, sin duda, una de las destacadas será “Los peces no vuelan”, pues se presentará en la ciudad de Taipei, durante la realización del Taiwan International Festival of Arts (Tifa), uno de los más importantes de Asia, donde se han exhibido Ariane Mnouchkine, Robert Lepage, Peter Brook y Robert Wilson, entre otros.
Esta es la primera compañía chilena que viaja a este gran evento internacional y para el director de La Mona Ilustre, Miguel Bregante, es la consecuencia del éxito extranjero que ha tenido la obra presentada en España, donde estuvieron más de un año.
Un hombre solo, dos hermanas que se creen opuestas y un circo en decadencia. Tres historias, cinco personajes y un momento de sus vidas, son parte de la trama que narra “Los peces no vuelan”.
Parque Las Rosas: Raúl Labbé 14711.
Mayor información en: cultura@lobarnecheacultura.cl o al teléfono 2216 75 77
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